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El rapero Pablo Hasel

El rapero Pablo HáselEFE

El Tribunal de Estrasburgo rechaza la demanda de Pablo Hásel contra España y avala su condena

El Tribunal de Derechos Humanos considera «razonable» y «apropiada» la decisión de la Justicia española, que lo condenó por enaltecimiento del terrorismo

El Tribunal de Estrasburgo ha avalado la condena de la Justicia española al rapero Pablo Hásel por enaltecimiento del terrorismo. Los magistrados consideran que el condenado no se puede amparar en la libertad de expresión porque las letras de sus canciones podían tener «consecuencias nefastas».

En opinión del Tribunal de Derechos Humanos, la sentencia de la Audiencia Nacional es «razonable» y «apropiada». Condenó al rapero a nueve meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo y por injurias a la Corona, motivo por el cual ingresó en un centro penitenciario en febrero de 2021.

Estrasburgo señala que el recurso presentado por la defensa del músico es «infundado» y considera que la sentencia de la Audiencia Nacional tuvo en cuenta la libertad de expresión y la condena no fue «desproporcionada». Cree también que «las declaraciones y canciones» de Hásel constituyen «una incitación al terrorismo» y «son accesibles a un público amplio, por lo que son susceptibles de tener consecuencias nefastas».

«La apreciación dada por los tribunales españoles fue razonable y proporcionada», agregaron, al tiempo que consideran que analizaron el caso «a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos» y que la motivación de sus sentencias es «pertinente» y «suficiente».

Recordaron que si Hásel no hubiera tenido condenas previas no habría tenido que ingresar en prisión. Sobre las injurias a la Corona y a otras instituciones, los magistrados de Estrasburgo también avalaron la actuación de la Audiencia Nacional.

Constataron que el rapero mantuvo repetidamente acusaciones de tortura, asesinato y nazismo, entre otras, contra el Rey y otras instituciones «en su calidad de artista», pero consideraron que los jueces españoles «examinaron minuciosamente el caso a la luz de la jurisprudencia y teniendo en cuenta los diferentes intereses antes de declararle culpable».

También rechazaron el recurso de Hásel en lo referente a las trabas impuestas para presentar un recurso de amparo, que Estrasburgo consideró que es «más estricto que otros» y que en este caso no había ninguna cuestión fundamental que justificara suavizarlo.

Hásel fue condenado en marzo de 2018 a dos años de cárcel y 13.500 euros de multa por apología del terrorismo, por haber pedido que se cometieran actos violentos contra el Rey Juan Carlos y contra otros responsables gubernamentales españoles y por haber hecho apología de grupos terroristas como los Grapo o ETA.

También fue condenado por insulto y difamación contra la Corona y otras instituciones a una multa de 10.800 y 13.500 euros, respectivamente. Su condena fue reducida en Apelación a nueve meses de cárcel y 5.040 euros de multa y la sentencia fue confirmada en mayo de 2020 por el Supremo, al tiempo que se rechazó su recurso de amparo en noviembre de ese mismo año.

En 2021, el rapero ingresó en prisión por haber tenido condenas previas por otra infracción y en mayo de ese año interpuso un recurso ante el Tribunal de Estrasburgo al considerar que se habían vulnerado sus libertades de pensamiento, expresión, de recurso efectivo y de restricción de derechos.

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