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Imagen en Sevilla de las últimas compras de lotería

Los tribunales españoles cuentan con abundante jurisprudencia condenatoria en este sentidoEuropa Press

¿Qué pasa si no repartes el premio de un décimo compartido de la Lotería de Navidad?

La única vía segura y legal es identificar a todos los ganadores en el banco en el momento exacto del cobro, evitando así la cárcel

Compartir un décimo de la lotería es una de las tradiciones más arraigadas de la Navidad, un acto de fe basado en la confianza mutua que, lamentablemente, a veces se rompe cuando aparecen los grandes premios.

La tentación de «olvidar» el pacto y quedarse con la totalidad del dinero cuando se es el custodio del boleto físico puede ser muy fuerte, pero quien ceda a ella debe saber que no solo está cometiendo una traición moral a sus amigos o familiares, sino que está incurriendo en un delito grave tipificado en el Código Penal: la apropiación indebida.

La ley es muy clara al respecto y considera que la persona que guarda el décimo actúa en calidad de depositario, es decir, tiene la obligación legal de custodiar el bien y repartirlo, nunca de adueñarse de él.

Las consecuencias de romper este pacto verbal o escrito son severas y dependen de la cuantía defraudada. Si la parte del premio que se roba a los demás supera los 400 euros —algo que ocurre en la inmensa mayoría de los premios importantes de la Lotería de Navidad—, ya no hablamos de un delito leve, sino de un delito castigado con penas de prisión de seis meses a tres años.

Los tribunales españoles cuentan con abundante jurisprudencia condenatoria en este sentido, obligando al infractor no solo a devolver el dinero sustraído con sus correspondientes intereses, sino también a pagar las costas del juicio y a cargar con unos antecedentes penales que pueden complicar su vida laboral y personal.

Para que la condena prospere, es vital que las víctimas aporten pruebas del acuerdo previo, y hoy en día los mensajes de WhatsApp, los audios o las fotografías compartidas en grupos tienen plena validez legal ante un juez para demostrar la copropiedad del décimo.

Un caos fiscal con Hacienda

Además del desastre penal, intentar engañar a los socios puede generar un caos fiscal con Hacienda. Si el depositario cobra el premio íntegramente en su cuenta bancaria y, tras ser descubierto o arrepentirse, decide transferir la parte correspondiente a los demás, se encontrará con un problema tributario.

Para la Agencia Tributaria, ese movimiento de dinero posterior no se considerará un reparto de premio (que ya tributó su 20 % especial), sino una donación entre particulares. Esto obligaría a los receptores a pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, perdiendo una parte significativa del dinero en impuestos innecesarios.

Por tanto, la única vía segura y legal es identificar a todos los ganadores en el banco en el momento exacto del cobro, evitando así la cárcel y la doble imposición fiscal.

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