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Una bicicleta en un rellano

Una bicicleta en un rellanoGD Fincas

Comunidad de vecinos

¿Es legal dejar una bicicleta en el rellano? Esto es lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal

Este es un caso que, por desgracia, suele repetirse en muchas comunidades de vecinos de nuestro país. Por ello, no está de más informarse sobre qué dice la legislación en estos casos

Para todos aquellas personas que viven en una comunidad de vecinos, los roces entre propietarios están a la orden del día. De vez en cuando, la convivencia se puede ver truncada por el mal uso de las zonas comunes por parte de algún propietario. Para ser más concretos, los distintos espacios que componen el edificio son utilizados para el uso particular de algún vecino, que puede llegar a dejar muebles u objetos como bicicletas en los rellanos, dificultando así la convivencia diaria.

Este es un caso que, por desgracia, suele repetirse en muchas comunidades de vecinos de nuestro país. Por ello, no está de más informarse sobre qué dice la legislación en estas situaciones. Para ello tenemos que tener en cuenta la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), el Código Civil y los estatutos de la comunidad, tres textos que detallan a la perfección qué hacer ante este problema cotidiano.

En primer lugar tenemos que mencionar el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal. El apartado a) del artículo se establece que cada propietario debe «respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».

Esto se interpreta para decir que las zonas comunes –como pasillos, rellanos, escaleras– no deben usarse para almacenar objetos privados, porque su destino principal es el tránsito. De igual manera, si dejar una bicicleta en el rellano representa un obstáculo o un riesgo para la evacuación, podría considerarse un uso inadecuado. Por lo tanto, aunque el artículo no prohíbe explícitamente a la bicicleta, en el caso de que suponga un problema para los vecinos la cosa cambia.

Es aquí donde también entra en juego los estatutos de cada comunidad. La LPH señala en su sexto artículo que la comunidad puede establecer normas de régimen interior «para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes». Por lo tanto, la comunidad sí puede aprobar un reglamento que prohíba, por ejemplo, dejar bicicletas en los rellanos, si los propietarios así lo decidieran en junta.

Por su parte, el Código Civil define qué partes de un edificio se consideran «elementos comunes»: entre ellos están los portales, escaleras, pasillos y rellanos. Es decir, el rellano es un elemento común según el Código Civil, lo que refuerza que su uso debe respetar los fines comunitarios y no usarse como espacio privado de almacenamiento.

Finalmente, en el caso de que no funcione ninguna opción, el vecino podrá recurrir al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, el cuál establece la posibilidad de demandar judicialmente a los vecinos que alteren la convivencia o perjudiquen al correcto funcionamiento y convivencia de la comunidad.

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