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Bebé recién nacido.

REMITIDA / HANDOUT por HM HOSPITALES
Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma
07/10/2025

El límite más importante tiene que ver con la dignidad del menorHM HOSPITALES

Estos son los nombres que el Registro Civil no permite inscribir en España

Si el encargado determina que el nombre propuesto incumple alguna de estas premisas, instará a los padres a elegir otro

A la hora de inscribir a un recién nacido en España, la libertad de elección de las familias no es total. El proceso se rige por la Ley 20/2011 del Registro Civil, una normativa que establece líneas rojas claras y otorga a los funcionarios encargados la autoridad para bloquear aquellas propuestas que no se ajusten a derecho. La finalidad última de este marco legal es proteger al niño, impidiendo que el nombre elegido le cause problemas o perjuicios objetivos en el futuro.

El límite más importante tiene que ver con la dignidad del menor. El Registro Civil rechazará de plano cualquier opción que considere humillante, ofensiva o intrínsecamente ridícula, con el fin de evitar que la persona sufra burlas. Bajo este criterio, quedan descartadas las marcas comerciales, las expresiones inapropiadas o los nombres de figuras históricas asociadas a crímenes.

Además de proteger la dignidad, la ley busca evitar el caos administrativo y garantizar una correcta identificación mediante varias reglas básicas. Por un lado, se vetan los nombres que lleven a un error evidente sobre el sexo del bebé, aunque la interpretación de esta norma se ha relajado mucho con los cambios sociales y se estudia caso por caso. Aun así, el Registro puede intervenir si la opción elegida carece de arraigo o tradición y genera equívocos manifiestos.

Por otra parte, para no complicar la burocracia, solo está permitido inscribir un máximo de dos nombres simples o uno compuesto, invalidando las combinaciones excesivamente largas.

Evitar la duplicidad de identidad

Finalmente, está estrictamente prohibido poner a un hijo el mismo nombre que ya tiene un hermano vivo si ambos comparten los mismos apellidos, una medida indispensable para evitar la duplicidad legal dentro de una misma unidad familiar.

Si el encargado del Registro determina que el nombre propuesto incumple alguna de estas premisas, instará a los padres a elegir otro. Aunque la familia tiene derecho a recurrir la decisión legalmente, lo más frecuente es que acaben presentando una alternativa válida para completar la inscripción sin más demoras.

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