Una empleada de hogar
Empleo
¿Tienes una empleada del hogar? Esto es lo que debes hacer antes de este 14 de noviembre
En 2024 se aprobó el real decreto que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del hogar y poco a poco varias medidas van entrando en vigor
Las personas que tienen contratadas a empleadas del hogar deberán estar atentas a las nuevas disposiciones incluidas en el Real Decreto-ley aprobado el 10 de septiembre de 2024. Esta normativa, centrada en reforzar la seguridad y la salud en el entorno doméstico, establece diversas obligaciones para los empleadores en materia de prevención de riesgos laborales, algunas de las cuales deberán cumplirse antes de este viernes 14 de noviembre.
Entre las medidas más relevantes se encuentra la obligación de realizar una evaluación de los riesgos existentes en el hogar, con el fin de poder implementar medidas preventivas adecuadas. Esta evaluación, que debe reflejarse por escrito, deberá ser compartida con la trabajadora, a quien se entregará una copia del documento resultante.
Asimismo, si la situación lo requiere, el empleador tendrá que proporcionar a la empleada los equipos de protección necesarios para el correcto desempeño de sus tareas.
Con el propósito de facilitar este proceso, el Ministerio de Trabajo ha puesto a disposición de los ciudadanos una herramienta gratuita a través del portal Prevencion10.es. Esta aplicación, presentada oficialmente el pasado 14 de mayo, permite a los empleadores identificar los riesgos laborales en sus domicilios y adoptar las correspondientes medidas de forma sistemática.
Desde esa fecha, se ha concedido un plazo de seis meses para que las personas que emplean a trabajadoras del hogar completen dicha evaluación y ejecuten las acciones preventivas necesarias.
Medidas que entrará en vigor en 2026
De cara al futuro, la norma contempla además un nuevo derecho que comenzará a aplicarse a partir de 2026. A partir de ese año, las trabajadoras del hogar tendrán derecho a someterse a un reconocimiento médico adecuado, que tenga en cuenta todos los riesgos identificados en la evaluación previa. Este reconocimiento se realizará con una periodicidad de tres años.
Conviene subrayar que este reconocimiento no es obligatorio: las empleadas podrán rechazarlo si así lo desean, ya que se trata de un derecho, no de una imposición.
Esta normativa supone un avance significativo en el marco de los derechos laborales de este colectivo, tradicionalmente menos protegido, y se inscribe en una tendencia más amplia por parte de las autoridades laborales para equiparar sus condiciones a las del resto de trabajadores. Queda por ver en qué medida se articula su cumplimiento efectivo, y si los empleadores dispondrán de los recursos e información suficientes para asumir estas nuevas responsabilidades.