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05 de mayo de 2024

El ministro de Universidades, Joan Subirats, la semana pasada

El ministro de Universidades, Joan Subirats, la semana pasadaEFE

Universidades

Los rectores avisan de que sin la financiación adecuada «no se puede desplegar» la Ley de Universidades

Nuevo mensaje a Subirats: «Nada impide desplegar programas estatales de financiación al sector universitario con objetivos específicos»

El pleno de la Asamblea General de Crue Universidades Españolas se ha reunido este martes en la Facultad de Educación de la UNED para abordar la implementación de la LOSU, cuestiones del ámbito de la internacionalización de las universidades y una actualización de sus estatutos para mejorar el desempeño de la asociación.
En el encuentro, presidido por la presidenta de Crue, Eva Alcón, y en el que han participado 67 rectores, la asamblea ha destacado que sin una financiación pública adecuada «no se puede desplegar» la Ley de Universidades (LOSU) «ni resolver los problemas de precariedad del personal de la universidad pública».
No obstante, ha puesto en valor el hecho de que, por primera vez, una ley orgánica de universidades incluya en su articulado un objetivo –el cual es solo de palabra– de financiación pública mínima del 1 % del PIB del conjunto del Estado, también se ha recordado que desde Crue se está reclamando constantemente al Ministerio de Universidades que detalle el compromiso concreto de las diferentes administraciones con la financiación universitaria.

Prioridad

Los rectores defienden que la asignación de recursos del Estado a las comunidades autónomas para prestar servicios de educación universitaria, bajo los principios de igualdad de oportunidades y de equidad, «debe ser una prioridad». Además, ponen de manifiesto que «nada impide desplegar programas estatales de financiación al sector universitario con objetivos específicos».
Los rectores han subrayado que el despliegue de la LOSU requiere la aprobación de normas legales de rango inferior, entre las que destaca el Estatuto del personal docente e investigador (PDI). Por otra parte, a su juicio, la aplicación de la LOSU ha puesto de manifiesto que la figura del profesor sustituto «no está bien definida y requiere una clarificación del régimen de incompatibilidades».

Retraso de los fondos

La asamblea ha abordado otros problemas económicos derivados de normativas estatales. El primero de ellos, el retraso en la transferencia de los fondos a las comunidades autónomas para hacer frente a las indemnizaciones de los contratos predoctorales y de acceso al Sistema de Ciencia vigentes en el momento de la entrada en vigor de la Ley, que «ha obligado a las universidades a realizar un anticipo con cargo a sus fondos propios».
En segundo lugar, los costes derivados de la asunción por parte de las universidades de la cuota patronal de la seguridad social del personal investigador beneficiario de las ayudas para la recualificación del sistema universitario.
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