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27 de julio de 2024

Los magistrados del Tribunal Constitucional Juan Carlos Campo (i) y Laura Díez Bueso (d) asisten al primer Pleno jurisdiccional de la institución tras la XIV renovación de la misma, este martes en Madrid. EFE/ Zipi

Los magistrados del Tribunal Constitucional Juan Carlos Campo (i) y Laura Díez Bueso (d) asisten al primer Pleno jurisdiccional de la institución tras la XIV renovación de la misma, este martes en Madrid. EFE/ ZipiEFE

Marcha atrás tras el revés de la Fiscalia

La magistrada de Moncloa en el TC rectifica y propone desestimar el recurso del PSOE sobre los votos nulos de Madrid

La contundente posición de la Fiscalía, en contra de la petición formulada por los socialistas, y las voces críticas en el seno del TC han actuado en contra de la posición inicial de la ponente, Laura Díez

Ni la contundente decisión de las Juntas Electorales, ni la más que motivada sentencia del Supremo, de rechazar la revisión de los votos nulos del exterior, en las últimas generales del 23-J, que en Madrid otorgaron un diputado más al PP, convencían al PSOE en su intento por anular la proclamación del popular Carlos García Adanero como diputado electo. Los socialistas decidieron, entonces, instar un amparo ante el Constitucional (TC) que se reunirá este martes de urgencia, a partir de las 9.00 horas, para decidir si permite el recuento. Sin embargo y pese a la beligerancia inicial de la ponente de la causa en el trámite de la admisión formal, con dos votos en contra de la misma –uno particular del magistrado Enrique Arnaldo– y con la oposición de la Fiscalía, la ponente de Moncloa Laura Díez ha presentado una ponencia que desestima las pretensiones del PSOE, tal y como ha podido saber El Debate en primicia.

Tras la polémica decisión que, por cuatro votos a dos, aceptaba entrar en el fondo del asunto, los magistrados de la Sala Segunda deliberarán mañana, tras el rechazo unánime a la recusación propuesta por el PP sobre la propia Díez, y lo harán sobre un borrador de sentencia que niega la posibilidad de recontar las cerca de 30.000 papeletas en las que los socialistas aspiraban a encontrar unas 1.700 a favor de su candidato.

La contundente oposición de la Fiscalía a las alegaciones del PSOE ha sido determinante en el cambio de posición de, al menos, la ponente de la sentencia que mañana resolverá, en firme, el debate postelectoral iniciado por los socialistas en una cruzada que obtuvo la oposición frontal y concurrente de los máximos órganos responsables en materia de comicios. Fuentes próximas a la Corte de Garantías han apuntado a El Debate que, así las cosas, a Díez podrían sumarse otras voces críticas con las pretensiones de recuento.

Y es que, tanto el fiscal Pedro Crespo, como el magistrado Enrique Arnaldo apuntaron en sendos escritos cómo la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) no permite este tipo de intervenciones sin que haya indicios sólidos de irregularidades. Ante tal escenario, el Ministerio Público alertaba, esta misma mañana en su informe, sobre la gravedad de estimar una petición que no resulta «baladí» porque «una concepción absolutamente abierta» del derecho de revisión –como la planteada por el PSOE– «podría facilitar su empleo generalizado en caso de resultado electoral 'ajustado' a nivel nacional».

Crespo insistía en que los precedentes doctrinales del propio TC «no permiten reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados, ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos».

La admisión del recurso socialista supondría una «reconsideración conceptual sin precedentes de toda la arquitectura constitucional»Pedro CrespoFiscal del Tribunal Constitucional

Por ello, el Ministerio Fiscal, entiende que la decisión del Supremo no vulneró, en ningún, caso el derecho fundamental de los socialistas. Además, considera que el argumento del PSOE de que se ha vulnerado su derecho a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos «carece del más mínimo desarrollo argumental y, lo que resulta más determinante, del más mínimo sustento fáctico y probatorio». «Tal circunstancia excluye cualquier posibilidad de abordar, con las mínimas garantías que exige la contradicción procesal, esa queja de los demandantes», ha señalado.

Esta postura de la Fiscalía del TC difiere con la que en su día defendió la institución del Supremo ante los argumentos socialistas. El pasado mes de agosto, el Ministerio se mostró a favor de que se llevase a cabo un nuevo escrutinio general en la provincia de Madrid para «la revisión de todos los votos nulos» de las elecciones generales del pasado 23 de julio, tal y como había pedido el PSOE, porque era «susceptible de afectar al resultado electoral».

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