Réquiem por la presunción de inocencia: ¡Hagan pasar al condenado!
En un Estado de derecho, todas las pruebas, también la declaración de las víctimas, han de ser ponderadas y sometidas a una valoración racional (no pasional ni emocional) por parte del tribunal
Hace años que, desde ciertos sectores denominados «progresistas», se intenta socavar la presunción de inocencia en aquellos casos que tienen componente de «violencia de género» o de «violencia sexual»; esto es, cuando la denunciante pertenece al «grupo víctimas» (todas las mujeres son seres de luz, siempre sinceras y en posesión de la razón) y el denunciado al «grupo verdugos» (todos los hombres son seres tenebrosos, malvados y abusadores, siempre mentirosos y prestos a asaltar a las mujeres). De este modo, la justificación de una denuncia no dependerá de un juicio con todas las garantías, sino del colectivo o grupo al que pertenezcan la denunciante y el denunciado. Es en esa asfixiante corrección política, imperante en algunos círculos, donde se enmarcan las recientes declaraciones de la señora vicepresidenta primera del Gobierno, doña María Jesús Montero sobre la sentencia absolutoria en el caso de Dani Alves.
No es la primera vez que, desde el mismo partido, se arremete sin el más mínimo pudor contra un valor esencial del Estado de derecho. Ya sucedió allá por 2010, cuando el entonces delegado del Gobierno contra la violencia de género, don Miguel Lorente, nos aleccionaba a los jueces afirmando que «nunca hay que cuestionar a la mujer» en los casos de maltrato.
Años después, a finales de 2018, la entonces vicepresidenta del Gobierno del Reino de España, doña Carmen Calvo, en su comparecencia ante la Comisión de Igualdad del Senado dijo: «Proteger la libertad sexual de las mujeres implica aceptar la verdad de lo que dicen. Las mujeres tienen que ser creídas sí o sí». Esa declaración se plasmó en un mensaje tuitero fechado el 13 de diciembre de 2018. Conviene recordar que doña Carmen Calvo ya era en aquel entonces doctora en Derecho Constitucional —título difícilmente compatible con sus palabras demoledoras de la presunción de inocencia— y, además, profesora titular de esa asignatura en la Universidad de Córdoba. Por decisión del actual Gobierno, fue aupada en calidad de «jurista de reconocido prestigio» a la presidencia de una alta institución consultiva, como es el Consejo de Estado.
Con sus palabras, la señora vicepresidenta está defendiendo que la denuncia presentada por una mujer siempre ha de tomarse como una verdad incuestionable
Recientemente, el 29 de marzo, la actual vicepresidenta primera del Gobierno del Reino de España, doña María Jesús Montero, ha vuelto a lanzar una andanada contra la presunción de inocencia. Según ella entiende, es vergonzoso «que se diga que la presunción de inocencia está por delante del testimonio de mujeres jóvenes, valientes, que deciden denunciar a los poderosos, a los grandes, a los famosos». Dejemos de un lado la literalidad de las referencias que pretenden enmarcar el caso de Dani Alves (mujer joven que denuncia a hombre poderoso, grande, famoso); de lo contrario, podría pensarse que la Sra. Montero excluye de su ecuación populista a las mujeres «maduras» denunciantes y a los hombres «anónimos» o «sin fama» denunciados.
Pues bien, con sus palabras, la señora vicepresidenta está defendiendo que la denuncia presentada por una mujer, relativa a su libertad sexual, siempre ha de tomarse como una verdad incuestionable. Por lo tanto, el tribunal debe condenar al denunciado sin dudarlo y, si no lo hace, se arriesga al escarnio público como corresponsable del mismo delito denunciado y cómplice de una execrable justicia heteropatriarcal, aunque ese tribunal esté mayoritariamente compuesto por magistradas: tres mujeres y un hombre —en el caso de Dani Alves al que se refieren las declaraciones—; y, además, dos de ellas «progresistas y de izquierdas» y la tercera experta en igualdad, según titulan algunos medios.
Lo que causa bochorno y escándalo es que desde un Gobierno democrático se desprecie el valor fundamental de la presunción de inocencia en el enjuiciamiento penal, acrisolado a lo largo de siglos de evolución de las garantías procesales. Las declaraciones de la vicepresidenta primera no solo atacan nuestra Constitución (art. 24.2), sino el ordenamiento internacional plasmado en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (art. 11.1), la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (art. 48.1), el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos (art. 6.2) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 14.2).
El mensaje de la vicepresidenta primera olvida que el moderno enjuiciamiento criminal no admite «testigos incuestionables» (técnicamente: no se admiten pruebas tasadas). En un Estado de derecho, todas las pruebas, también la declaración de las víctimas, han de ser ponderadas y sometidas a una valoración racional (no pasional ni emocional) por parte del tribunal. Los «actos de fe» no casan nada bien con la función de enjuiciar. Negar esta premisa es hoy inconcebible; es una regresión, una involución impropia de quienes se autoproclaman, día sí y día también, como fuerzas de progreso.
Condenar sin pruebas o con dudas razonables es, sencillamente, una aberración inaceptable. Supone pervertir nuestro sistema de garantías
Olvida también la señora vicepresidenta que son el fiscal y la acusación particular quienes tienen la carga de llevar a juicio las pruebas que permitan concluir, sin ningún género de duda razonable, la culpabilidad del acusado. Condenar sin pruebas o con dudas razonables es, sencillamente, una aberración inaceptable. Supone pervertir nuestro sistema de garantías y retroceder en el túnel del tiempo a un pasado inquisitorial. El juez que hiciera algo así no merecería llevar la toga. Otra cosa es lo que sucede en los regímenes totalitarios, donde la presunción de inocencia puede ser pisoteada y el principio in dubio pro reo absolutamente ignorado.
Precisamente son estas garantías del Estado de derecho, que las declaraciones de la señora vicepresidenta del Gobierno ponen en cuestión, las que dan «confianza» al sistema judicial. Pasar del enjuiciamiento al linchamiento es una involución, un gravísimo retroceso desde la civilización a la barbarie. El profesor Tomás y Valiente, en uno de sus trabajos sobre la Inquisición española, apuntaba que «tanto arraigó, tan hondas y recias y vitales fueron sus raíces, que mecanismos, hábitos e intransigencias inquisitoriales dijérase que todavía anidan entre nosotros». ¡Qué razón tenía el maestro!
Si la vicepresidenta primera del Gobierno quiere que todas las denuncias sobre la conocida como «violencia machista o heteropatriarcal», acaben en condena, le sugiero que se atreva a modificar algunos textos legales, comenzando por el artículo 24 de la Constitución, que podría decir algo así: «Solo algunas personas tienen derecho a la presunción de inocencia; por excepción, todos los hombres denunciados por cualquier delito de «violencia de género o violencia sexual» por una mujer serán presumidos culpables sin posibilidad alguna de demostrar lo contrario» (lo que en derecho se llaman presunciones iuris et de iure, es decir, indestructibles).
Pasar del enjuiciamiento al linchamiento es una involución, un gravísimo retroceso desde la civilización a la barbarie
Y podría seguir con el artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el siguiente sentido: «Los jueces apreciarán con arreglo a la sana crítica y a las reglas de la lógica las pruebas practicadas en el juicio, salvo en los casos sobre cualquier tipo de «violencia de género o sexual», en los que la declaración de la denunciante será prueba plena de la comisión del delito, con independencia de que sea o no convincente y de que no existan otras pruebas que la corroboren».
De este modo, al iniciarse los juicios sobre este tipo de delitos, no sería necesario advertir al acusado de sus derechos constitucionales, pues no los tendría. Bastaría llamarle a la sala de vistas diciendo: ¡Hagan pasar al condenado!
Postdata: No puedo evitar que las inquietantes palabras de la vicepresidenta primera me recuerden al pasaje del libro Alicia en el País de las Maravillas, cuando la malhumorada Reina de Corazones decreta la condena de pena capital contra Alicia («córtenle la cabeza», decía con una rabia incontrolable) y, por supuesto, sin juicio previo: «Primero la condena, luego el juicio».
- Alfredo de Diego Díez es miembro de la asociación de jueces Foro Judicial Independiente