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Cándido Conde-Pumpido

Cándido Conde-PumpidoPaula Argüelles

Polémica sobre la cuestión prejudicial

El ámbito académico, contra Conde-Pumpido: «Se han superado demasiadas líneas rojas»

El presidente acumula un rosario de críticas tras plantear el bloqueo a la Audiencia de Sevilla en su consulta a Europa, sobre la rebaja de la malversación en el fallo de los ERE

Jueces, magistrados, fiscales y ahora, también, catedráticos. El ámbito académico ha reaccionado contra la propuesta de Cándido Conde-Pumpido que, la pasada semana, se descolgaba en el Pleno del Constitucional para plantear un posible bloqueo a la cuestión prejudicial que prepara la Audiencia de Sevilla, ante Europa, sobre la sentencia que rebajó o eliminó las condenas impuestas en el caso ERE.

En plena polémica y, por el momento, con un primer informe técnico de uno de los letrados del TC en contra de las pretensiones de Conde-Pumpido, varios expertos de la Universidad española han dado un paso al frente para pronunciarse en ese mismo rechazo a la maniobra. La primera en hacerlo ha sido la Valentina Faggiani –profesora titular y catedrática acreditada de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada– para quien tras la «captura» de la Corte de Garantías por parte del Gobierno de Pedro Sánchez, el órgano ha llegado «en ocasiones a sustituir ya no solo al Poder Legislativo sino al mismo Poder Constituyente, con una extralimitación evidente de sus competencias».

En otros casos, «el TC ha volcado con discutibles overruling la anterior jurisprudencia» propia; y, en general, «se puede observar que, en los dos últimos dos años y medio, ha conseguido justificar en sus pronunciamientos muy diligentemente todas las medidas adoptadas por el Gobierno, por lo que podríamos decir que las capacidades del órgano se han dirigido a adaptar el ordenamiento y la realidad no a las exigencias de la sociedad sino a los intereses del Ejecutivo» socialista, asegura Faggiani en un extenso y pormenorizado artículo publicado en el diario La Ley.

Orillar a un magistrado de la amnistía

Faggiani critica con especial crudeza la maniobra con la que el presidente del TC, avalado por la mayoría izquierdista del Pleno, apartó al magistrado José María Macías, ponente del recurso cabecera planteado contra la polémica Ley de Amnistía, la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala Segunda del Supremo, para controlar los tiempos del borrado penal del procés.

«Desde este punto de vista, y habida cuenta del actual contexto de regresión democrática, en el que se están superando demasiadas 'líneas rojas' y desdibujando límites éticos-jurídicos, que antes se concebían infranqueables» la docente, cuestiona los dos autos del TC –de 15 y 29 de enero de este mismo año– en los que el bloque afín a Conde-Pumpido decidió apartar a Macías, «con seis votos a favor y cuatro en contra»; y, a continuación, excluirlo de todos los demás recursos, cerca de una veintena, contra dicha norma.

Un incidente de recusación que fue «promovido por el fiscal general del Estado», imputado por un delito de revelación de secretos, de manera extemporánea, con la «aquiescencia» del la Corte de Garantías. Para la profesora Faggiani, «la extensión» de los efectos de esa primera expulsión «a todos los procedimientos» pendientes, sobre la cuestionada Ley Orgánica de Amnistía, «se enmarcan en este nuevo modus procedendi del TC». Una deriva que se ha seguido en otra «serie de decisiones por las que se intentará impedir» al mismo magistrado, «el correcto ejercicio de sus funciones».

No en vano, la docente ha advertido sobre cómo «la Abogacía del Estado acaba de solicitar excluirle también de las deliberaciones relativas a los recursos de amparo interpuestos» por los cabecillas separatistas del procés, «contra la decisión del Supremo de no amnistiar», de manera automática y general, «el delito de malversación de caudales públicos» perpetrado durante el proceso de independencia de Cataluña.

En este sentido, cabe recordar que el Alto Tribunal ya advirtió de su intención de elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la compatibilidad del borrado de la malversación, con el ordenamiento comunitario. Una herramienta que, por el momento, Conde-Pumpido trata de impedir a la Audiencia Provincial de Sevilla, en el asunto de los ERE de Andalucía. Una maniobra del presidente del TC que, no sólo aspira a sentar un precedente reutilizable en otras causas, ha suscitado una reacción airada, también, desde el ámbito universitario.

En defensa de la Audiencia de Sevilla

Así las cosas, para la catedrática Teresa Freixes, experta en Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), «nuestro sistema jurídico está totalmente vinculado al Derecho de la Unión Europea, que tiene primacía sobre el Derecho español (y el de cualquier Estado miembro)».

«La cuestión prejudicial está regulada por el Derecho europeo, en el art. 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sin que el Derecho interno de cualquier país pueda disponer nada que contradiga la regulación de la UE. Según esta regulación, la cuestión puede ser presentada por un juez que dude acerca de la compatibilidad entre el derecho interno que tiene que aplicar y el Derecho de la UE; y, por lo tanto, no existe ninguna restricción al respecto puesto que el Derecho de la UE no la señala, respecto del momento procesal en que se presente la cuestión», apunta Freixes a El Debate.

Desde esta perspectiva, «no existe disposición legal alguna para que un TC nacional pueda impedir que un juez la presente. Es más, el juez nacional está obligado a presentarla si se lo piden las partes del litigio cuando vaya a dictar sentencia firme. Y puede presentarla de oficio, sin que nadie se lo pida, en el momento en que dude sobre la compatibilidad entre la ley interna que tenga que aplicar y el Derecho de la UE. Si el Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia y ésta está en fase de ejecución, regulada por el Derecho nacional, tampoco puede restringir el derecho que el Derecho de la UE otorga al juez nacional a presentar una cuestión prejudicial», añade.

«Que se lo pregunten a los juristas alemanes, los rumanos, los polacos y los húngaros, pues en estos países se han producido casos en los que el TJUE ha intervenido respecto de la compatibilidad de sentencias de sus Tribunales Constitucionales con el Derecho de la UE. Las sentencias del TC son controlables por el TJUE, ya sea vía cuestión prejudicial o vía recurso de incumplimiento. ¿Recuerdan el caso en el que el TC alemán pretendió resistirse a aplicar la jurisprudencia del TJUE en relación con los fondos creados por el Banco Central Europeo para hacer frente a la crisis generada por la pandemia?», concluye la catedrática catalana.

Por su parte Vicente Garrido, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia considera que «la actitud de Conde-Pumpido, quizás esconda su mala conciencia». «¿Por qué no ha de poder la Audiencia Provincial de Sevilla, plantear una cuestión prejudicial en un tema de tanta trascendencia?», se pregunta el jurista.

«Recordemos que las sentencias sobre los ERE, dictadas por el TC contrariando, de forma sorprendente, tanto el criterio de la propia Audiencia sevillana como del Tribunal Supremo, causaron una auténtica conmoción en el universo jurídico público (con las excepciones acostumbradas)», apunta el profesor Garrido. Por ello, a su juicio, es más que procedente «que se articule la cuestión y que la estudie el TJUE».

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