
El restaurante debe avisar previamente de si va a cobrar por el servicio
Del servicio de mesa a los cubiertos, ¿qué sí y qué no pueden cobrar los restaurantes?
Aunque cada vez es menos frecuente, muchos bares y restaurantes mantienen el cobro del servicio de mesa a la hora de pagar la cuenta total
al sentarse a la mesa de un restaurante, uno puede hacerse más o menos idea de por cuánto le saldrá la factura echando el cálculo con los precios de la carta. No obstante, siempre puede haber alguna sorpresa desagradable. Más allá de ese rodaballo recién pescado fuera de carta, cuyo precio le dará apuro preguntar, pueden darse otros escenarios. ¿Puede un bar o restaurante cobrar por el servicio de mesa?
Aunque cada vez es menos frecuente, muchos bares y restaurantes mantienen el cobro del servicio de mesa a la hora de pagar la cuenta total, un pago que siembra la duda en muchos consumidores sobre qué es y si se debe cobrar. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha explicado en declaraciones a EFE que, en su opinión, «cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto es ilegal, porque está implícito en el propio servicio de hostelería».
Detallan que «cualquier cobro adicional se ha de corresponder con un servicio adicional, no con el servicio principal que el usuario está contratando y en este caso el servicio de mesa, el cubierto o como quieran denominarlo forma parte de la prestación principal de un establecimiento de hostelería». Por ello, este servicio «debe formar parte del precio» y, por ende, «cobrarlo por separado no se ajusta a la normativa de consumo», un hecho por el que la organización califica como «ilegal» su cobro.
La opinión de los hosteleros, en voz del presidente de la asociación Hostelería de España, José Luis Yzuel, es que este cobro es «cada vez menos habitual» y que su aplicación está en desuso, según ha apuntado en declaraciones a EFE. Yzuel aboga por que, en caso de cobrar este servicio, el restaurante o bar lo avise previamente al consumidor a través de la carta para que así este pueda tener una «información total y transparente» de su tique final.Vídeo en Tik Tok
La duda sobre qué se puede y qué no se puede cobrar en la hostelería ha llegado también a las redes sociales, donde el perfil de un usuario de Tik Tok dedicado a los consejos sobre derechos (@lawtips) ha explicado en un video que es «totalmente ilegal cobrar por el servicio de mesa».
En el vídeo, que acumula casi dos millones de visualizaciones, el joven explica que «sí se puede cobrar por el pan y aceitunas que ponen al comienzo de la comida, pero siempre y cuando esté incluido en la carta y el consumidor acepte tomarlo». La OCU recuerda a su vez que «hay conceptos que no pueden cobrarse sin señalarlo claramente, como el suplemento por terraza» y que «otros necesitan además del consentimiento expreso del cliente, como el aperitivo o el pan».
Además, «no se pueden cobrar suplementos por el servicio en terraza, salvo que se indique claramente en la carta» y, añade, «el establecimiento debe facilitar un táper al cliente si este desea llevarse el resto de la comida, pero puede cobrar por él siempre que se advierta».
El dilema del agua
Ocurre lo mismo con el agua, desde el pasado año, con la entrada en vigor de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, los bares y restaurantes tendrán que ofrecer a los consumidores la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita.
Además, la organización de consumidores apunta a que, como consecuencia de la inflación, el servicio de la hostelería está derivando en «malos hábitos» como rechazar reservas de una sola persona o cobrar aparte la leche o los hielos del café, aun cuando se indique en la carta.
El cobro del servicio de mesa o el del cubierto generan en el consumidor, en mayor o menor intensidad, una incertidumbre que les lleva a, cada vez más, demandar claridad a la hora de pagar por los servicios en la hostelería.