Las gafas de sol que prohíbe la DGT

Las gafas de sol que prohíbe la DGT

Seguridad vial

Veas o no, la DGT te multa con 200 euros si usas este tipo de gafas al volante

Este accesorio es recomendable durante todo el año para mejorar la visión al volante, pero además en verano se vuelve imprescindible

Tanto la Dirección General de Tráfico como la Sociedad Española de Oftalmología recomiendan el uso de gafas de sol al volante, sobre todo durante algunas horas determinadas como son el amanecer o el anochecer, pues entonces es mucho más difícil distinguir formas y ver con nitidez.

En este caso el uso de gafas polarizadas ayuda a ver con mucha más claridad, lo que se traduce siempre en seguridad al volante. Eso sí, tal y como indica la propia DGT no todas las gafas de sol sirven al volante para conducir.

Estas no sirven

Lo primero lógicamente es comprarse una gafas de sol con una mínima calidad, lo que significa huir de gafas de sol de mercadillo o similares, que lo único que pueden provocar a la larga son problemas oculares y desde luego ayudan entre poco y nada a la hora de proteger del sol.

Las gafas de sol siempre de óptica

Las gafas de sol siempre de óptica

La clave está en el filtrado de los rayos solares que tienen las lentes de las gafas, una clasificación universal que recomienda siempre consultar la Sociedad Española de Oftalmología antes de decidirnos por unas u otras lentes. En este caso la clasificación es la siguiente:

Tipo de lentes

Categoría 4. Absorben el 98 % de la luz, para alta montaña
Categoría 3. Bloquean el 93 % de rayos solares
Categoría 2. Bloquean el 82 % de rayos solares
Categoría 1. Bloquean el 55 % de rayos solares
Categoría 0. Bloquean el 20 % de rayos solares

De acuerdo con la DGT las agafas que no estarían permitidas son las de categoría 4, se trata de las conocidas como gafas de ventisca, que filtran tanta radiación solar que lo que hacen es que veamos mucho menos de lo necesario para conducir. Es posible verificar la protección en la propia patilla de la gafa.

Gafas de alta montaña, prohibidas por la DGT

Gafas de alta montaña, prohibidas por la DGT

Este tipo de gafas son aptas para alta montaña y en ocasiones tienen hasta protecciones laterales opacas para que no entre el sol por el hueco que queda entre la cara y la gafa.

En este caso y en virtud del artículo 18 del Reglamento General de Circulación podrían multarnos con entre 100 y 200 euros en función de la valoración de los agentes de Tráfico.

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