Fundado en 1910

20 de mayo de 2024

El 51,3 % de expertos califican como regular el momento coyuntural de la economía española

El 51,3 % de expertos califican como regular el momento coyuntural de la economía españolaEuropa Press

Qué significa cuando Sanidad alerta de la presencia de un cuerpo extraño en un alimento

Cuando se emite una queja, lo primero que hace el fabricante es analizar el producto y decidir si es apto o no para el consumo humano

Trazas de frutos secos no especificados, equivocación con el etiquetado, fecha de caducidad pasada... a diario, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) publica alertas alimentarias para avisar a los compradores de errores que sufren los objetos y que podrían ser nocivas para la salud de los consumidores.
Este viernes, el órgano dependiente del Ministerio de Sanidad ha tenido conocimiento, a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información, de la presencia de un cuerpo extraño en una tableta de chocolate de la marca Hacendado. La empresa distribuidora, con el objetivo de salvaguardar la salud de los ciudadanos, las ha retirado. Pero, ¿qué quiere decir que el alimento tenga un cuerpo extraño?
Según explica VIkan, la empresa líder a nivel mundial en la fabricación de utensilios higiénicos de limpieza para el sector alimentario, se consideran cuerpos extraños todos aquellos objetos indeseables presentes «por accidente en los alimentos que pueden suponer un riesgo para su inocuidad o calidad». En este sentido, se consideran elementos manifiestamente extraños los insectos, piedras, cristales o plásticos y los materiales relacionados con los alimentos, como pueden ser los fragmentos de tallo, conchas o plumas.

Qué pasa si existe alerta

Cuando se emite una queja por la presencia en un cuerpo extraño, lo primero que hace el fabricante es analizar el producto y decidir si no es apto para el consumo humano o si afecta indebidamente a la calidad del producto en relación con la percepción del consumidor o las prácticas comerciales leales. En el caso de que se dé alguno de los dos supuestos, el fabricante habrá infringido el Reglamento (CE) número 178/2002 y será objeto «de las acciones legales que correspondan», detalla la empresa.
Por otra parte, tanto los esquemas mundiales de seguridad alimentaria comparada por la Iniciativa Global de la Salud Alimentaria (GFSI) como las directrices aplicables al sector alimentario exigen «el control de todos los cuerpos extraños».
Comentarios
tracking