Sánchez, el Estado autonómico y las catástrofes nacionales
Así va la marcha del Estado: decreciente en su prestigio y peso internacional; desaparecido en las cruciales cumbres en que se discute la seguridad de Europa; genuflexo ante los enemigos de España; alejándose de su natural eje geoestratégico euroatlántico; enemistándose irresponsablemente con USA...
¿Qué calamidad tiene que suceder en España para que el Gobierno, sin excusa alguna, asuma su responsabilidad y ejerza las competencias que el actual ordenamiento jurídico le atribuye? Digo esto porque, hasta hoy, a pesar de todas las desgracias que desde junio de 2018 han recaído sobre la Piel de Toro -Dios nos libre de otras más- el desgobierno presidido por Pedro Sánchez ha eludido, primero, bochornosamente, su responsabilidad, y, segundo, lo ha fundamentado en técnicas jurídico-organizativas palmariamente inconstitucionales, según los Tribunales de Justicia, el Tribunal Constitucional (todavía no presidido por Conde-Pumpido) y la doctrina constitucionalista ortodoxa, no constructivista, como es la etérea y espuria tesis de la ‘cogobernanza’. Este modo de gobernanza tal vez pueda defenderse para algunos modelos de Estados federales, si su Constitución lo reconoce, aunque, en mi opinión, es técnica predicable, mejor, de una Confederación, una asociación entre Estados soberanos (serían las Comunidades autónomas españolas), tipología que, al parecer, es querida y buscada para España por Sánchez y sus inverosímiles socios y aliados.
En efecto: en la pandemia, en la Dana de Octubre pasado, en el negro ’apagón’ de Abril y en el actual y trágico momento de los incendios forestales, Sánchez incurre en el mismo modus operandi gubernativo: primero exige que el esfuerzo -de todo tipo- lo hagan otros: las comunidades autónomas (sobre todo si las regentan políticos populares); segundo, reacciona y aparece, en el escenario de la calamidad emergente, con una lentitud exasperante; y tercero, apela a la fórmula inconstitucional de la «cogobernanza» (ausente de la regulación constitucional), y así escapa de los deberes que, el Estado autonómico, la Constitución y demás Leyes aplicables, señalan al Poder Ejecutivo del Estado y a su cabeza, el Gobierno de la Nación.
Tratándose del Estado autonómico, el Estado y las comunidades autónomas no se rigen por el criterio de la bilateralidad («cogobernanza») sino por el del reparto de competencias entre las administraciones de las comunidades autónomas (artículo 148), por una parte, y la Administración del Estado (artículo 149), por otra. Rige, además, la cláusula de prevalencia y supletoriedad del Estado en caso de conflicto normativo entre ellas. Asimismo, la Constitución (artículo 9.3) reconoce unos principios inspiradores del Ordenamiento jurídico entre los que no se encuentra la igualdad de nivel («cogobernanza») entre el Estado y una Comunidad autónoma. Las relaciones se ordenan según la distribución de competencias ya expuesta. La lógica del sistema jurídico autonómico reconocido en la Constitución (artículo 2) indica que, en caso necesario, la diversidad de normas y competencias ha de reconducirse a la unidad a través de la coordinación interadministrativa y el respeto a la ordenación competencial. En caso de emergencia nacional, la última palabra (la decisión soberana) la tiene la Administración del Estado, que se supraordena a las demás. Casos de emergencia nacional en los que peligra la pervivencia misma del Estado. La técnica de la «cogobernanza», en la que Sánchez y su desgobierno insisten sin fundamento, no es aplicable al caso español, repetimos.
Por tanto, los ciudadanos españoles asistimos atónitos al comportamiento político-administrativo -anormal y heterodoxo- de un desgobierno que no actúa, que se sitúa en un segundo plano y que no ejerce la responsabilidad que le corresponde según la legislación vigente. Un desgobierno que, en la pésima gestión estatal de la dana, pronunció la ignominiosa y humillante frase de: «Si quieren ayuda, que la pidan», hoy dolorosamente repetida cuando los bosques, los cultivos y los preciosos pueblos medievales del interior de España arden consumidos por gigantescas llamas.
No, señor Sánchez, no podemos sentirnos los españoles asistidos y defendidos (artículo 97 CE) por un Gobierno que rehúye de sus responsabilidades, que antepone la ideología política a la acción administrativa, que no se ve concernido por la Legislación sobre los estados extraordinarios de alarma, excepción y sitio (116, estados, y 149.1.29, seguridad pública, CE), que no declara, pase lo que pase, la emergencia nacional según la Ley 17/2015, de 9 de Julio, y que deja pasar los días condenando a la población a vérselas sola, con la única ayuda, heroica pero insuficiente, de la Administración regional, sin la presencia ni comparecencia de ninguna autoridad estatal.
Así va la marcha del Estado: decreciente en su prestigio y peso internacional; desaparecido en las cruciales cumbres en que se discute la seguridad de Europa; genuflexo ante los enemigos de España; alejándose de su natural eje geoestratégico euroatlántico; enemistándose irresponsablemente con USA e Israel… Y, por el contrario, entablando peligrosas amistades con la dictadura comunista china y con sus descarriados seguidores en las Repúblicas hispanoamericanas, otrora bajo la corona de España.
Mal, señor Sánchez. No prolongue su agonía política. No siga dependiendo del prófugo de Waterloo. Convoque elecciones.
José Torné-Dombidau y Jiménez es profesor titular de Derecho Administrativo, presidente del Foro para la Concordia Civil y miembro del Foro de Profesores