Comisión de Venecia. ¿Y si pidiéramos daños y perjuicios a la Comisión Europea
El Estado de derecho es a la democracia lo que el aire a nuestros pulmones, pero en España sufrimos un cáncer que, de no curarse, se extenderá por metástasis a Europa. El informe de la Comisión de Venecia del 10 octubre 2025, junto a otros del GRECO y la Comisión Europea, lo confirman.
El Poder Judicial cuenta con un órgano de gobierno que es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Lo componen 1 presidente y 20 vocales que, a su vez, dirigen a 5.416 jueces españoles, que son excelentes, salvo algunas ovejas negras.
La Constitución de 1978 y su artículo 122.3, junto a la L.O. 1/1980 que lo desarrolló, se adaptaron a estándares europeos para evitar la politización de la justicia. De los 20 vocales del CGPJ en España, 12 deben ser jueces y magistrados elegidos por los propios jueces, cuatro juristas por el Congreso y cuatro juristas por el Senado. Gracias a esta regla de designación democrática, España evolucionó desde el anterior régimen político y pudo firmar el Tratado de Adhesión ingresando en la Unión Europea el 12 de junio de 1985.
Desde entonces, un 58 % de los jueces se han adherido a distintas asociaciones, no sindicatos, y el 42 % restante no están afiliados. Algunas de estas asociaciones tienen sesgos partidistas, por lo que el mayor grado de independencia judicial se verifica cuando la estructura del CGPJ, los 17 Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas incluyendo a Ceuta y Melilla, el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los jueces se mantienen despolitizados, previa designación objetiva de sus cargos.
Hasta aquí bien, pero el poder judicial es un trofeo muy preciado, por lo que el Gobierno de Felipe González no tardó en publicar la L.O. 6/1985, del 1 de julio de 1985, para que los 20 vocales fuesen nombrados por políticos del Parlamento. Es decir, veinte días después de la adhesión, el primer asalto a la independencia judicial ya estaba preparado, y nadie en Europa impidió el incumplimiento de este artículo 122.3; y los españoles tampoco, al estar aún con la resaca de la democracia, y a pesar de que el Tribunal Constitucional de la época lo avaló indebidamente. La excusa socialista era que los jueces son «de derechas» -fachas con toga según Podemos- y que el CGPJ debe reflejar los partidos presentes en el Parlamento. ¡Olé por esta demagogia! Que es válida para los casos de Chávez y Maduro en Venezuela que, sin un poder judicial independiente, permiten cometer delitos, expropiar y atacar la propiedad privada, recortar libertades, expandir burocracia e impuestos, o incluso manipular elecciones. ¿Le suena al lector esta música?
Desde ese año 1985, el PSOE y el PP han mantenido su intervencionismo político por conveniencia, llegando al 25 de junio de 2024 en que el CGPJ, y con el aval de la propia Comisión Europea, se ha renovado con diez vocales designados por el PP y otros diez por el PSOE. ¡Ojo!, hay formas objetivas de participación directa de los jueces en esta designación, sin filtros políticos, parlamentarios ni de asociaciones judiciales, pero no las escuchan para no arriesgar tan preciada pieza.
La importancia del nombramiento y renovación de estos 20 Vocales, y razón de su demora por cinco años, estriba en que nombran a su vez:
• A dos de los 12 Magistrados del Tribunal Constitucional.
• Los Magistrados del Tribunal Supremo, incluida la Sala que juzga a jueces.
• La Sala 2ª del Tribunal Supremo, que juzga a aforados.
• Los siete vocales que conforman la Comisión Disciplinaria del CGPJ, con capacidad para sancionar, trasladar y expedientar a jueces.
• Las 111 vacantes de la cúpula judicial que ya se están cubriendo.
Ante esta situación, la presidente del CGPJ, Mª Isabel Perelló Doménech, remitió consulta a la Comisión de Venecia, órgano consultivo y asesor del Consejo de Europa, que respondió con su informe del pasado 10 de octubre, señalando que el reparto bipartidista de estos 20 vocales es incompatible con los estándares europeos. El ministro Bolaños ha declarado que este informe da la razón al Gobierno, pero no es cierto.
A pesar de contar con jueces capaces e independientes, las consecuencias del incumplimiento de las citadas reglas de designación son muy graves, porque provocan inseguridad jurídica y dañan la tutela judicial efectiva, dejando además de disuadir a delincuentes afines a la ideología predominante, pensando que se les absolverá o indultará.
Los españoles y europeos saben leer, y la redacción del artículo 122.3, que forma parte del derecho español y del europeo, es muy clara. Si alguien quiere cambiarla, debe modificar la Constitución con las mayorías necesarias, pero, entretanto: ¿Qué se puede hacer dentro y fuera de nuestra frontera con estos gobiernos? Y las respuestas, dada la primacía del derecho europeo, pueden ser:
• Huelgas de jueces y fiscales, junto a manifestaciones de la sociedad civil y exigencia de Elecciones Generales, contra los ataques a la independencia judicial y otros abusos graves como la Ley de Amnistía.
• Plantear Cuestión Prejudicial ante el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) para procedimientos abiertos.
• Petición al Parlamento Europeo para que exija a la Comisión Europea que se cumpla el artículo 122.3 de la Constitución española y las reglas europeas (vocales del CGPJ).
• Recurso por Omisión ante el TGUE (Tribunal General de la Unión Europea) contra la Comisión Europea, por incumplir sus funciones mientras cobran de nuestros impuestos.
• Pedir daños y perjuicios ante el TGUE contra la Comisión Europea, por haber propiciado este retroceso del Estado de Derecho en España y en Europa, y sin poner los medios para procurar la tutela judicial efectiva de los ciudadanos.
¿Y si los afectados de Forum Filatélico, o de AFINSA, o agricultores y ganaderos, u otros sectores y particulares, con sus abogados correspondientes, pidieran daños y perjuicios al TGUE contra la Comisión Europea?
Carlos de Palma Arrabal es coronel retirado y coordinador de la Iniciativa 2028 de la Sociedad Civil