La espada de San Miguel: la ley de la Iglesia y su reforma
Una Iglesia que se toma en serio el derecho, no es menos evangélica. Por el contrario, paradójicamente, está en su centro. Está haciendo memoria, en modo siempre renovado, de una perenne y confesada verdad: que la gracia no destruye la justicia encarnada en la ley, sino que la presupone, la perfecciona y la eleva
El arcángel San Miguel, que en el libro de Daniel aparece como 'el gran príncipe' que defiende al pueblo de Dios, y en el Apocalipsis combate contra el dragón, se ha convertido en la gran imagen cristiana de la justicia que protege frente al mal.
Su espada no simboliza odio, sino custodia; no representa dominación, sino defensa. Por eso puede servir como metáfora de una verdad tan frecuentemente olvidada: también la Iglesia necesita el derecho (leyes). Una ley eficaz, vinculante, capaz de corregir, sancionar y reparar con determinación cuando, quien ejerce atribuciones de autoridad se tuerce.
La reforma del Libro VI del Código de Derecho Canónico, dedicado a los delitos y las penas en la Iglesia, debe leerse desde ahí. No es una cuestión técnica reservada a canonistas, sino un ámbito donde el ordenamiento jurídico encarna una dimensión profundamente eclesial.
¿Acaso no se ha confundido la caridad con la indulgencia blanda, la prudencia pastoral con el silencio, la misericordia con la falta de consecuencias? ¿No nos estamos dando cuenta de que faltando a la justicia se falta y corrompe a una, la misma caridad que esta exige?
La Constitución Apostólica Pascite gregem Dei (2021) con la que el papa Francisco promulgó la reforma del Libro VI dice que «la caridad exige […] recurrir al sistema penal siempre que se deba hacer, teniendo presentes los tres fines que lo hacen necesario en la sociedad eclesial, es decir, el restablecimiento de las exigencias de la justicia, la enmienda del reo y la reparación de los escándalos». La reforma «sanciona algunos nuevos tipos penales» y «el texto resulta mejorado» en varios aspectos; entre ellos, «una más clara determinación de penas» y «la reducción de los casos en los que la imposición de sanciones quedaba a discreción de la autoridad». Añade que «el respeto y la observancia de la disciplina penal incumbe a todo el pueblo de Dios»; pero a «los Pastores y a los Superiores de cada comunidad» además de estar sometidos a la ley, les corresponde un plus de exigencia: «la responsabilidad de su correcta aplicación». En suma, la reforma, «comporta un endurecimiento de las normas penales y una notable menor discrecionalidad de los pastores» (Daniel Medina). Esta reforma, no nace de la nada. Tiene antecedentes en San Juan Pablo II, siendo impulsada de modo decisivo por Benedicto XVI.
Hay que advertir que el derecho no se debe confundir con la norma moral que apela a la conciencia, ni tampoco con el sacramento de la penitencia, por más que haya unidad inseparable. Hay que unir sin confundir. Aquí hablamos de la ley de la Iglesia; del derecho que tiene fuerza obligatoria coercitiva (ius coactivum). La Iglesia tiene tribunales, puede imponer penas. Puede limitar el ejercicio de un oficio. Puede exigir reparación. Puede actuar frente al abuso de poder, de autoridad, de conciencia, económico o sexual. Puede incluso exhortar a acudir al ordenamiento jurídico civil, completando así la fuerza de la justicia que se reclama, donde ella no puede llegar. Precisamente porque la Iglesia es madre, no puede dejar indefensos a sus hijos; y puede y lo hace ya en este mundo.
El Sínodo sobre la sinodalidad de la Iglesia se mueve en el contexto temporal de esta reforma y la refuerza. La sinodalidad no es asambleísmo, ni relajación de la autoridad, ni toca la constitución jerárquica de la Iglesia. Es recuperación del «caminar con» el otro en la dignidad común de todos los bautizados, de la comunión de los hijos de Dios, de la responsabilidad compartida en la vida de la Iglesia toda ella. Allí donde se absolutiza el poder clerical, la sinodalidad recuerda que nadie está por encima de la comunión de los que son hijos y son hermanos y que la «espada de san Miguel» custodia y defiende a todos los hijos del pueblo fiel de Dios.
Una Iglesia que se toma en serio el derecho no es menos evangélica. Por el contrario, paradójicamente, está en su centro. Está haciendo memoria, en modo siempre renovado, de una perenne y confesada verdad: que la gracia (la caritas, el amor) no destruye la justicia encarnada en la ley, sino que la presupone, la perfecciona y la eleva.
- Arsenio Alonso Rodríguez es doctor y profesor estable en el Instituto Superior de Ciencias Religiosas de Oviedo- Universidad Pontificia de Salamanca