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03 de mayo de 2024

Uno de las placas solares de la cooperativa del municipio

Placas solares en viviendasAyuntamiento de Abenójar

Declaración de la Renta 2021 - 2022

¿Cómo afecta la instalación de placas solares a la declaración de la renta?

El 6 de abril comenzó el plazo para presentar la declaración de la renta del ejercicio 2021. En el pasado mes de octubre se introdujo, mediante Real Decreto-Ley, tres nuevas deducciones temporales en la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por «obras de mejora de eficiencia energética en las viviendas». Ello afecta a la instalación de placas solares u otras energías renovables en los domicilios.

Las bonificaciones

Para poder beneficiarse de estas medidas, las obras se tienen que haber ejecutado entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, por lo que tendrán una mayor repercusión en la campaña de la renta del próximo año.
  • Deducción del 20 % de lo invertido. Las obras de mejora energética realizadas en vivienda habitual o en una casa arrendada -siempre que se haya alquilado antes del 31 de diciembre de 2023- obtienen una deducción del 20 % en el IRPF. El límite que el contribuyente se puede deducir es de 5.000 euros anuales, y siempre y cuando demuestre, a través de los indicadores del certificado de eficiencia energética, que ha conseguido reducir un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
  • Deducción del 40 % de lo invertido. Las deducciones por lo gastado en obras en vivienda habitual y casa alquilada pueden aumentar al 40 % de la cuota íntegra del IRPF si se ha conseguido reducir un 30 % el consumo de energía no renovable, o si se obtenido una clasificación energética de la vivienda «A» o «B». En este supuesto, la bonificación no podrá superar los 7.500 euros anuales.
  • Deducción del 60 % de lo invertido. Se podrá acceder a esta deducción si se mejora la eficiencia energética en «edificios de uso predominante residencial». Igual que en el caso anterior, se tiene que reducir un 30 % el consumo de energía no renovable, u obtener una calificación energética del edificio de «A» o «B». La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros anuales, pudiendo acumularse en las próximas cuatro declaraciones de la renta siempre que no se exceda el límite de 15.000 euros.
Para las deducciones del 20 % y el 40 % no computarán las obras realizadas en plazas de garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas, o instalaciones deportivas, ni en aquellas partes de la vivienda que estén ligadas a una actividad económica.
En el supuesto de las deducciones del 60 %, la ley señala que se incluirán como parte de la vivienda «las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas». Asimismo, no se pueden beneficiar de la deducción las partes de las viviendas afectas a una actividad económica.

Gastos deducibles

De lo invertido en la obra, el Real Decreto Ley considera que son gastos deducibles «aquellos necesarios para su ejecución». Entre ellos se incluyen los honorarios profesionales, los costes de redacción de proyectos técnicos, la dirección de obras, el coste de ejecución de obras o instalaciones, la inversión en equipos y materiales, y otros gastos necesarios para su desarrollo, además de la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.
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