Fundado en 1910

16 de abril de 2024

Gente Joven en la oficina

Gente Joven en la oficina

Empleo

¿Cuánto tiempo de descanso te tiene que dar la empresa si tu jornada laboral es de 8 horas?

El Estatuto de los Trabajadores regula los descansos diarios y semanales

No todos los trabajadores conocen sus derechos y es muy importante tenerlos presentes para la salud y el bienestar individual. Así, uno de los temas que más pasa por alto en el ámbito laboral es el de los descansos estipulados por ley durante la jornada laboral, un aspecto muy importante que la empresa tiene la obligación de respetar.
Los descansos mínimos que una empresa debe conceder a sus trabajadores, dependiendo de las horas de actividad, están recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Según el artículo 34 de esta normativa, la duración de la jornada se pactará entre los convenios y los contratos de trabajadores, sin que esta pueda superar las 40 horas semanales. Así, lo más habitual es que los trabajadores tengan jornadas completas de 8 horas diarias, que se distribuyen a lo largo de cinco días a la semana.

¿Qué descanso me corresponde si mi jornada es de 8 horas diarias?

Según establece el Estatuto de los Trabajadores, aquellos empleados que tengan jornadas de más de seis horas seguidas de trabajo, deben tener un descanso durante la misma no inferior a los 15 minutos. Sin embargo, el convenio de la empresa puede establecer una duración mayor.
«Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo», recoge la normativa.
Pero hay excepciones.
En el caso de que los trabajadores sean menores de 18 años, los descansos diarios deben ser de al menos 30 minutos. Además, este periodo de descanso debe establecerse siempre que la jornada continuada diaria sea mayor a las cuatro horas y media.

¿Y cuánto se debe descansar entre jornadas?

Entre jornadas laborales, es decir, desde que termina una jornada hasta que comienza la siguiente, el Estatuto de Trabajadores establece que los descansos deben ser, como mínimo, de doce horas. La normativa se aplica incluso cuando al empresa distribuye las horas de trabajo de forma irregular a lo largo del año.
No obstante, tal y como apuntan desde el Ministerio de Trabajo y Economía, los periodos de descanso se pueden alterar entre jornadas siempre y cuando haya un acuerdo entre los trabajadores y la empresa. Eso sí. Las reducciones de descanso entre jornadas deben ser compensadas con otros descansos alternativos de duración no inferior a la reducción experimentada.

Temas

Comentarios
tracking