
La pensión de viudedad es la segunda más numerosa en cuanto a número de beneficiarios
Pensiones
Cómo cobrar una pensión de jubilación y una de viudedad juntas: ¿a cuánto dinero tienes derecho?
A pesar de que, por norma general, si se cobra una pensión contributiva no se puede recibir otra, existe una excepción con las pensiones de jubilación y viudedad
Requisitos para cobrar la pensión de jubilación
- Acreditar una cotización de al menos 15 años, de los cuales dos deben darse en los 15 años previos a la solicitud de la pensión.
- Acceder a la jubilación desde una situación de alta o asimilada a la Seguridad Social.
- Estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
- Cumplir con la edad ordinaria de jubilación (66 años y cuatro meses en 2023) para las personas con menos de 37 años y nueve meses cotizados y de 65 años para las personas que lleguen a esa cotización.
Requisitos para la pensión de viudedad
- En el caso de que la muerte se haya producido por una enfermedad común, la persona fallecida debe tener al menos 500 días cotizados dentro de los cinco años anteriores a su muerte.
- En caso de enfermedad común detectada antes del matrimonio, la pareja del fallecido tiene obligación de demostrar que la convivencia fuese de al menos dos años antes de la muerte, la existencia del hijos en común o que el matrimonio se produjo un año antes del fallecimiento.
- Los cónyuges debían ser pareja de hecho al menos dos años antes del fallecimiento y tener una convivencia estable de cinco años o más o la existencia de hijos en común.
- Las personas divorciadas o separadas judicialmente tienen derecho a cobrar la pensión de viudedad si estaba recibiendo una pensión compensatoria antes del fallecimiento.
- Si la separación se produjo antes del 1 de enero de 2008, han pasado menos de 10 años entre la separación y el fallecimiento, se tienen hijos en común o el ex tiene más de 50 años es también posible cobrar la pensión de viudedad.
- Desde el 1 de enero de 2013 los separados o divorciados también tienen derecho a esta pensión si el ex es mayor de 65 años, no cobra otra pensión y el matrimonio ha durado más de 15 años.
- Las personas víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio no necesitan cobrar una pensión compensatoria para acceder a la pensión de viudedad.
Cuantías
- Pensión de jubilación
- Pensión de viudedad
- Un 52 % de la base reguladora de la persona fallecida con carácter general.
- Un 60 % de la base reguladora si el superviviente tiene 65 años o más, no tiene derecho a otra pensión pública, no recibe ingresos por actividades por cuenta propia o ajena y no dispone de rentas por capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o actividades económicas superiores a los 7.707 euros anuales.
- Un 70 % de la base reguladora si la persona que va a recibir esta pensión tiene cargas familiares (hijos menos de 26 años o con discapacidad de al menos un 33 %, así como ingresos menores al 75 % del SMI), la pensión supone al menos el 50 % de los ingresos y el conjunto de los ingresos anuales es inferior a la suma del límite para el complemento por mínimos de las pensiones contributivas y la cuantía mínima de la pensión de viudedad con cargas familiares.